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LA CIUDAD DE MÉXICO REGULA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS DE BAJA VELOCIDAD Y ANUNCIA CÁMARAS PARA POLICÍAS DE TRÁNSITO PARA FORTALECER LA SEGURIDAD VIAL

*Los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales con velocidad mayor a 25 km por hora y potencia de hasta 1.34…

*Los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales con velocidad mayor a 25 km por hora y potencia de hasta 1.34 caballos de fuerza deberán contar obligatoriamente con matrícula (Tipo A o B) y distintivo de movilidad eléctrica, así como licencia tipo A1 o A2
*A partir del 1 de septiembre de 2026, los conductores que no porten placas o incumplan las restricciones, serán sancionados tras un periodo de difusión cultural

*Gobierno capitalino implementará un programa de cámaras adheridas al uniforme para los policías de tránsito, con el objetivo de garantizar una aplicación transparente de la ley y fortalecer la confianza ciudadana en la cultura de la legalidad

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    La Jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, encabezó la presentación de la nueva regulación para vehículos de baja velocidad en la capital, con el objetivo de ordenar la coexistencia de las diversas formas de transporte y garantizar la seguridad vial en calles y avenidas. Durante el acto, se firmó el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.

    El Secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, explicó que la normativa clasifica a estos transportes en Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) y Vehículos Eléctricos Personales (VEP). Los VEMEPE, que alcanzan velocidades superiores a los 25 km por hora y poseen motores de entre 250 watts y 1.34 caballos de fuerza, se dividen en Tipo A (peso menor a 35 kg) y Tipo B (entre 35 y 350 kg). Quedan exentos los vehículos no motorizados con velocidad máxima de 25 km por hora y potencia menor a 250 watts.

    El proceso de regularización, que no tiene fines recaudatorios, establece la obligatoriedad del trámite de alta y la obtención de licencia A1 o A2 para los VEMEPE a partir del 1 de julio de 2026. Las empresas comercializadoras deberán entregar las unidades ya emplacadas al momento de la venta. Se ha fijado un periodo de regularización del 1 de julio al 20 de noviembre para unidades adquiridas previamente, aunque las sanciones por falta de placa iniciarán el 1 de septiembre tras una campaña de difusión de dos meses.

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    Al respecto, la Jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, destacó el crecimiento de casi dos mil por ciento en los puntos de venta de estos vehículos entre 2020 y 2024, lo que hacía urgente llenar los vacíos legales. La mandataria aseveró: “Queremos una ciudad que vaya encaminada en tener un orden en la movilidad”. Asimismo, enfatizó que “esta regulación que hoy se presenta significa reconocer esta nueva realidad y establecer reglas justas, garantizar derechos, prevenir accidentes y ordenar la coexistencia y la convivencia con todas las formas de movilidad”.

    La regulación homologa a los VEMEPE con reglas aplicables a motocicletas: prohibición de circular por banquetas y ciclovías, uso obligatorio de casco, prohibición de operar bajo efectos del alcohol y restricción de uso para menores de edad. Finalmente, Brugada Molina anunció que, para aumentar la transparencia, los policías de tránsito portarán cámaras corporales: “Hoy damos un paso muy importante hacia un sistema de movilidad donde distintas formas de transporte conviven con reglas claras y con piso parejo”.

    El decreto fue suscrito por la Jefa de Gobierno junto al Secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto; el Secretario de Seguridad Ciudadana, Pablo Vázquez Camacho; la Consejera Jurídica, Eréndira Cruzvillegas Fuentes; y el Secretario de Gobierno, César Cravioto Romero.

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